Los judíos: Uno de los pueblos autóctonos más antiguos del mundo – Por Embajador Alan Baker

  • La campaña palestina ‘Disculpas Balfour’ con el propósito de exigir la anulación de la Declaración Balfour es parte de una política consistente de negar los derechos que poseen los judíos a su patria nacional como pueblo autóctono del lugar.
  • Sin embargo, el pueblo judío durante más de dos milenios ha mantenido de forma consistente el mayor reclamo de ser el pueblo autóctono en su patria ancestral y su existencia y raíces se encuentran ampliamente documentadas, aceptadas y reconocidas.
  • El cristianismo surgió del judaísmo y la existencia y asentamientos cristianos de primera época en Tierra Santa fueron parte de la existencia y el establecimiento judío allí.
  • Los líderes árabes y palestinos están tratando de establecer una narrativa mítica nueva, según la cual el “pueblo palestino” ha existido como un pueblo distinto de la región durante miles de años, antes que el pueblo judío.
  • Saeb Erekat, Secretario General de la OLP, afirmó en el 2014 que es descendiente directo de las tribus cananeas que vivieron en Israel hace unos 9000 años atrás. Sin embargo, según la propia página Facebook de Erekat, el clan Erekat es oriundo de la península árabe del noroeste y se estableció en el área de Palestina alrededor del año 1860.

El intento actual, continuo y cínico de reescribir y manipular las realidades históricas y legales parecería ser parte del rechazo radicalizado árabe y musulmán a cualquier derecho histórico o legal no musulmán de la tierra o a cualquier herencia religiosa diferente del Islam.

El propósito de este estudio es analizar el carácter de los judíos quizá como uno de los pueblos autóctonos más antiguos permaneciendo como un pueblo distinto y considerar la naturaleza y las implicaciones de tal distinción en las realidades prácticas de la comunidad internacional actual.

Con el centenario de la Declaración Balfour el 2 de noviembre, 1917 y el reconocimiento de su parte al derecho que posee del pueblo judío a su patria nacional en Palestina, la comunidad internacional está siendo testigo de un intento concertado por parte del liderazgo palestino de poner en duda y socavar lo histórico y jurídico, la veracidad y lo justificativo del carácter autóctono del pueblo judío y de los derechos de los judíos en la región.

Este intento de anular la Declaración Balfour no es nada nuevo.

 

El ataque a la Declaración Balfour se remonta a mucho tiempo atrás. Por ejemplo, el colaborador nazi Haj-Amin Al-Husseini, el Muftí de Jerusalén, conmemoró el aniversario de la Declaración Balfour el 2 de noviembre, 1943 en una gran ceremonia celebrada en el Edificio Luftwaffe de Berlín, a la que acudió la élite del liderazgo nazi. Allí, el muftí pidió la anulación de la Declaración Balfour y declaró abiertamente su apoyo al genocidio del pueblo judío. Su mensaje y su contribución al esfuerzo de propaganda nazi fueron transmitidos al mundo árabe a través de la radio en onda corta:

Lo que hace que los alemanes se acerquen más a nosotros y nos coloca de su lado es el hecho que Alemania nunca ha invadido ninguna tierra árabe o islámica y su larga política de amistad hacia los musulmanes es muy conocida. Alemania también está luchando contra un enemigo común que oprimió a los árabes y a los musulmanes en sus diversas tierras. Este conocía a los judíos precisamente y decidió encontrar una solución final [entgüldige Lösung] para el peligro judío, [uno] que contendrá su daño en el mundo.

Similarmente Ahmed Shukeiri, fundador de la Organización para la Liberación de Palestina y autor del Pacto Palestino (Jerusalén, 1964), rechazó por completo la Declaración Balfour. El artículo 20 del Pacto Palestino rechaza toda posible reivindicación religiosa, nacional o histórica de los judíos, tal como sigue:

La Declaración Balfour, el Mandato para Palestina y todo lo basado en ello son considerados nulos. Los reclamos a los lazos históricos o religiosos de los judíos con Palestina son incompatibles con los hechos de la historia y la verdadera concepción de lo que constituye un estado. El judaísmo siendo esta una religión divina no es una nacionalidad independiente. Tampoco los judíos constituyen una sola nación con una identidad propia: son ciudadanos de los estados a los que pertenecen.

Lamentablemente, la renovada campaña palestina parece recibir el apoyo de los países de la comunidad internacional.

Esta ola inquietante de negación tanto del derecho judío a su patria, así como también su carácter de pueblo autóctono de la zona, no fue claramente una reacción momentánea adaptada cronológicamente al centenario de la Declaración Balfour. Es parte de una política consistente y cada vez más vocal de negarles los derechos a los judíos como un pueblo con derecho a su patria nacional.

Implica, entre otras cosas, la negativa de los dirigentes palestinos, tanto en las negociaciones como en las declaraciones públicas, así como también en su conducta en las organizaciones internacionales, de reconocer que Israel es el estado nacional del pueblo judío y que los judíos son un pueblo nacional con derechos históricos y legales en la zona.

Esta política de negación es evidente en la iniciativa del liderazgo palestino en la agencia de las Naciones Unidas para la educación y la cultura, la UNESCO, las resoluciones que niegan la conexión judía (o no-musulmana) o el patrimonio nacional y cultural a Jerusalén y sus lugares sagrados, la ciudad bíblica de Hebrón, hogar de las tumbas de los antepasados de la religión judía.

Esto culminó en una resolución de octubre, 2016 del Comité Patrimonio Mundial de la UNESCO titulado “La Antigua Ciudad de Jerusalén y sus Murallas”, refiriéndose al complejo del Monte del Templo únicamente por referencia a los nombres musulmanes “Mezquita Al-Aqsa/Al-Haram Al Sharif”, definiéndolo como “un lugar sagrado de culto musulmán”.

Esta política de negación también fue evidente en la adopción por el Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO a una resolución el 7 de julio, 2017 en la que se inscribía el casco antiguo de Hebrón en la Lista del Patrimonio Mundial como un lugar palestino sin conexión al pueblo judío.

Dentro del contexto del centenario de la Declaración Balfour 2017, el liderazgo palestino lanzó una “Campaña Disculpa Balfour”. Esto incluyó un llamado a la Liga Árabe por parte de Mahmoud Abbas, presidente de la Autoridad Palestina y Presidente de la OLP en la Cumbre De la Liga Árabe de septiembre 2016 en Nouakchott, Mauritania, para instituir “una causa penal internacional por el crimen cometido contra nuestra nación por el Reino Unido al emitir la Declaración Balfour”.

La cumbre fue seguida por una preocupante declaración a la Asamblea General de la ONU en septiembre, 2016 en la que Abbas declaró:

Han transcurrido 100 años desde la notoria Declaración Balfour, por la cual Gran Bretaña le concedió, sin ningún derecho, autoridad ni consentimiento de nadie, la tierra de Palestina a otro pueblo.

Abbas solicitó formalmente una disculpa del Reino Unido por emitir la Declaración Balfour.

En octubre, 2016 el “Centro de Retorno Palestino” del Reino Unido, un grupo afiliado a la organización terrorista Hamas y reconocido por la ONU como una ONG oficial (organización no gubernamental), organizó un seminario público en la Cámara de los Lores británica condenando la Declaración Balfour y reiterando la petición de una disculpa británica.

Noticias falsas e historia falsa

El intento de reescribir y manipular las realidades históricas y legales parecería ser parte del rechazo árabe y musulmán cada vez más radicalizado a cualquier derecho histórico o legal no musulmán a la tierra o cualquier herencia religiosa aparte del Islam en el área del Medio Oriente. Esto es evidenciado aun más según el punto de vista musulmán más extremo de los judíos.

La versión más extrema se encuentra representada por los objetivos políticos y tácticos del “Estado Islámico en Irak y el Levant” (ISIL o ISIS) que aboga por una extensión yihadista de tal cosmovisión más allá del Medio Oriente incluso hacia Asia y Europa, con el establecimiento de un Califato islámico.

No menos preocupante es que existe una tendencia paralela en el débil y políticamente correcto mundo occidental que de muchas maneras duda en enfrentar las realidades históricas y legales.

De ahí la importancia hoy día en aclarar la base histórica, religiosa y legal que subraya la naturaleza autóctona del pueblo judío.

El pueblo judío

La clásica e interminable pregunta “¿Quién es judío?” ha figurado en el discurso judío y no judío durante miles de años. Es una pregunta básica que involucra temas sobre la identidad judía y de auto-identificación, descendencia matrilineal o patrilineal. Posee dimensiones culturales, religiosas, políticas, genealógicas y personales. La respuesta varía de acuerdo a si el tema está siendo considerado por los judíos basándose en un estatus religioso normativo o en la auto-identificación, o por los no-judíos por otras razones. Este involucra características de origen étnico, religión, de historia, costumbre, emoción y muchos otros aspectos.

El tema interno israelí de “Quién es Judío”, desde los primeros días de la creación de Israel, involucró temas de identidad jurídica individual. Pero dentro del contexto nacional más amplio, este toca la estructura demográfica nacional de Israel.

Sin embargo, dentro del contexto general más amplio de los pueblos del mundo, el tema de quién o qué son los judíos como un colectivo y como pueblo, sus interrelaciones y su estatus y derechos históricos, políticos, culturales y legales, muy rara vez han sido abordados y analizados.

¿Puede el pueblo judío ser descrito como un colectivo “unificado”, con distinción cultural o histórica, con vínculos históricos junto a un territorio particular? O, ¿es un pueblo mayormente amplio y más difuso, con algunas características comunes religiosas, históricas, culturales y tradicionales, pero sin embargo geográficamente disperso sin un contexto territorial claro?

Ante la larga y detallada y, en gran medida, dolorosa historia del pueblo judío desde prácticamente comienzos de los tiempos, la respuesta cabalga en ambos escenarios.

El listado de los miles de pueblos autóctonos en el mundo, según lo provisto por Wikipedia, registra a los judíos como “un pueblo étnico-religioso en el Medio Oriente”, así como también un pueblo que “ha vivido en gran medida en la Diáspora”.

El propósito de este estudio es analizar el carácter de los judíos tal vez como uno de los pueblos autóctonos más antiguos que permanecen siendo un pueblo inequívoco y considerar la naturaleza e implicaciones de tal distinción en las realidades prácticas de la comunidad internacional actual.

Además, el objetivo es dotarle al actual liderazgo judío tanto en la Diáspora como en el Estado de Israel, de herramientas posibles, en el contexto de las realidades internacionales presentes, para de esta manera realizar plenamente los derechos y el estatus inherente en la aceptación de los judíos como pueblo autóctono.

Pueblos autóctonos

Los pueblos autóctonos o aborígenes han sido, desde tiempos inmemoriales, un factor tal vez pasivo y latente en la sociedad nacional e internacional.

Mientras que la inclinación natural, al pensar en los pueblos autóctonos o aborígenes, es observar a los nativo-americanos, las primeras naciones canadienses, los Inuit (“esquimales”), los aborígenes australianos y neozelandeses y los maoríes, existen otros grupos que no siempre vienen a la mente, pero cuyo carácter indígena es un elemento constante en la sociedad mundial actual.

La historia de los pueblos autóctonos es dolorosa, al menos, ya que sus raíces históricas, sus tradiciones, sus culturas, su carácter e integridad como pueblos han sido en muchos casos devaluados, reprimidos e incluso degradados por el colonialismo, la esclavitud, el racismo, los genocidios, expulsiones, globalización, internacionalización y la tecnología.

Tal como hemos visto a lo largo de la historia, los pueblos autóctonos, tanto en las Américas como en el Sudeste Asiático y en Europa, han sido explotados, marginados, oprimidos, perseguidos, abusados, expulsados y dispersados. Su integridad y dignidad básica, sus raíces históricas, sus tradiciones, sus culturas y su carácter de pueblos distintos han sido suprimidos e ignorados a través de un proceso relativamente largo de descubrimiento, colonización, descolonización y luego de independencia y democracia. Sus tierras, recursos y propiedades fueron explotados y en gran medida disipados.

Existen quizá miles de pueblos, tribus y naciones autóctonas y aborígenes en prácticamente todas las partes del mundo. Estos pueblos, cuya presencia y culturas respectivas han existido a lo largo de la historia, continúan existiendo. Cuando se les permitió a través del curso de las últimas décadas pasadas, estos pueblos pueden conservar algunas de sus prácticas culturales y religiosas tradicionales, sus rituales e incluso su presencia geográfica en todo el mundo, a pesar de los intentos a lo largo de la historia moderna de eliminarlos y borrar su cultura.

El historiador canadiense y ex-asesor del gobierno en temas aborígenes Alan Hertz, en un ensayo sobre “Derechos Aborígenes del Pueblo Judío” del 2011, recuerda que las tribus indias e Inuit (esquimales) canadienses, común y realistamente llamadas “Primeras Naciones” son todavía pueblos aborígenes, aunque algunas de estas tribus sólo cuentan ahora con unos pocos cientos de individuos. Su condición de “primeros en el tiempo” no se pierde porque ahora son sólo una fracción de la población de Canadá. Los derechos de los aborígenes son con mucha frecuencia los derechos de las minorías.

Un pueblo no menos antiguo, los chinos, comparten con los judíos una larga, antigua y bien documentada historia de cultura y civilización. Sin embargo, aunque ambos el pueblo judío como el chino disfrutan ciertamente de una larga y antigua historia, el pueblo chino nunca se desarrolló como pueblo autóctono único y colectivo.

Respecto a los 4000 años de historia china, cuando uno compara al pueblo chino durante la dinastía Shang, que gobernó desde alrededor del 1700 hasta el año 1027 aC, aproximadamente el mismo período de la primera presencia judía en las áreas de la Tierra Santa, Es imposible referirse a un pueblo autóctono específico chino.

El experto en China Sam Becker, miembro de la Red Global Sino-Israel y Liderazgo Académico (RGSILA) y graduado de las universidades de Yale y Taiwán, observa que en términos generales, los historiadores describen a la civilización china como “continua” desde hace más de 4000 años hasta el día de hoy. Pero el área de China fue de hecho, una amalgama conceptual de múltiples reinados, tribus, culturas y pueblos más pequeños, en un constante estado de flujo a través de la historia.

La última dinastía en China, la Dinastía Qing finalizó a comienzos del siglo XX y, antes de ese punto, al individuo “chino” promedio se le consideraba en términos de sus identidades regionales y étnicas y veía al estado chino sólo como la organización de dinastías del momento.

Los judíos como pueblo autóctono

Un ejemplo obvio, aunque raramente considerado de pueblo autóctono por definición es el pueblo judío, cuya historia, tradiciones y carácter religioso y nacional han sido y siguen siendo reconocidos por todos, sea a través del estudio de la Biblia o a través de la historia de la civilización.

Al igual que las “Primeras Naciones” norteamericanas, los primeros pueblos Han de China y otras tribus y pueblos asiáticos, el pueblo judío durante más de dos milenios ha mantenido consistentemente la más fuerte afirmación de ser el pueblo aborigen en su patria ancestral a pesar de que como resultado de los exilios, represión, las diásporas forzadas, la Inquisición y el Holocausto, los judíos eran sólo un pequeño porcentaje de sus habitantes allí.

La existencia y raíces del pueblo judío están ampliamente documentadas, acentuadas y reconocidas. Esto es evidente tanto en el contexto de su ubicación histórica y asentamiento en sus áreas tribales originales en “Tierra Santa”, incluyendo las áreas de Judea (origen del término judío) y Samaria y también en el contexto de su presencia en varias dispersiones judías y diásporas causadas por períodos de exilio, persecución e intentos de borrar su carácter de pueblo (incluso hasta nuestros días).

El pueblo judío y su evidente vinculación con su patria ancestral es anterior a otras religiones y se remonta muy adentro en la antigüedad.

Tal como lo demuestra la historia, el cristianismo surgió del judaísmo y la existencia y el establecimiento cristiano de comienzos de era en Tierra Santa/Palestina fueron parte de la existencia y establecimiento judío allí.

En este contexto, incluso el Informe de la “Comisión Real Palestina” británica de 1937 reconoció además que “los cristianos no pueden olvidar que Jesús fue un judío que vivió en suelo judío y estableció su Evangelio sobre la base de la vida y el pensamiento judío”.

La Biblia hebrea, los Evangelios cristianos y el Corán musulmán todos se refieren al pueblo judío y su conexión con la Tierra Santa. Desde la antigüedad, nunca ha habido una época en que los judíos estuvieran ausentes de la Tierra Santa. Incluso cuando las cifras de judíos cayeron a un punto más bajo, la Tierra Santa todavía era el hogar de los rabinos y de los famosos estudios rabínicos a través del mundo judío. Con alrededor de 2600 años de historia continua, el pueblo judío mantuvo una identidad subjetiva-objetiva que siempre incluyó importantes vínculos demográficos y culturales con su tierra natal.

El historial documentado de la continua presencia y existencia judía en el área descrita como la “Tierra Santa” o “Palestina”, además de los escritos en las escrituras que hablan por sí mismos, son confirmados en escritos históricos de los primeros visitantes griegos al área que apareció en paralelo con las escrituras.

Referencias a la presencia judía de casi 20 fuentes diferentes, que datan del siglo III aC al siglo III dC, son incluidas en la antología comprensiva del Profesor Menachem Stern al tema de los autores griegos y latinos sobre los judíos y el judaísmo.

Para los antiguos paganos griegos y romanos, Jerusalén era definitivamente una ciudad judía en virtud del hecho de que sus habitantes eran judíos, fue fundada por los judíos y el templo, situado en Jerusalén, fue centro de la religión judía.

En estas fuentes, Jerusalén aparece en varios contextos: narraciones de fundación, descripciones y enlaces al Templo, acontecimientos históricos, generalmente relacionados con invasiones y capturas de la ciudad, descripciones físicas y uso despectivo del término “Solyma” por parte de los escritores romanos luego de su destrucción por Tito en el año 70 EC. Cabe señalar que a pesar de las opiniones negativas de los judíos y el judaísmo expresadas por autores tales como Manetho, Apion, Tácito y Juvenal, la identidad judía de Jerusalén siempre es clara y nunca es objeto de ninguna controversia. Estos textos antiguos, por lo tanto, refutan los recientes intentos de los musulmanes y otros para negar la conexión histórica del pueblo judío a Jerusalén y la ubicación del Templo en Jerusalén a través de inventos y mentiras.

 El “padre de la historia”, Heródoto, quien visitó Egipto bajo el dominio persa en los años 450 a. C., escribió extensamente acerca de los egipcios y se refirió a los “sirios de Palestina” que fueron circuncidados y se suponían eran los judíos. De hecho, es probable que fuera Herodoto quien acuñó el nombre de “Palestina”, es decir, el área de la Tierra de Israel, como su encuentro con los descendientes de los filisteos que habitaban las ciudades costeras de Gaza, Ashdod y Ashkelon. Los judíos habitaban la región de Jerusalén y sus colinas circundantes, conocida como Judea”.

Para los escritores paganos griegos y romanos antiguos, Jerusalén era una ciudad judía y el lugar del Templo, el lugar sagrado de los judíos. Esta fue fundada en el remoto pasado por antiguos judíos, influidos por la teología, las leyes y las costumbres establecidas por Moisés, mientras este lideró la salida de un “pueblo marginado” de Egipto.

El Templo fue el centro religioso de los judíos y Jerusalén. Aunque fuertemente fortificado, fue atacado en varias ocasiones por griegos y romanos. Aunque difícil de capturar debido a sus circunstancias naturales y sus fortificaciones, los romanos lo invadieron y luego destruyeron a ambas la ciudad como también el Templo.

El historiador, investigador y abogado canadiense Alan Hertz, en su ensayo “Los Derechos Aborígenes del Pueblo Judío” (2011) resume lo siguiente:

De todos los pueblos existentes, el pueblo judío posee la más fuerte afirmación de ser autóctono a la Tierra Santa, donde el judaísmo, el idioma hebreo y el pueblo judío nacieron (etnogénesis) hace unos 2600 años. Antes de eso, la Tierra Santa fue hogar, entre otros, de los antepasados inmediatos del pueblo judío, incluyendo a personalidades tales como los reyes David y Salomón, famosos en la Biblia hebrea. Y en aquella época y aún antes, la Tierra Santa también fue hogar de otros pueblos tales como los fenicios, los amonitas, moabitas, edomitas y los filisteos. Pero todos esos otros pueblos han desaparecido desde hace mucho tiempo del mundo. Nadie hoy tiene derecho a hacer nuevos reclamos en su nombre, incluso por razón de un supuesto descenso genético que sólo recientemente ha sido alegado y sin ninguna base en la historia y ciencia del genoma.

El judaísmo, la lengua hebrea y el pueblo judío ya se encontraban establecidos en Tierra Santa durante unos 1000 años antes de la etnogénesis del siglo 6-7 CE en la Arabia del gran pueblo árabe, cuyo nacimiento fue aproximadamente contemporáneo con la aparición del Islam y el árabe clásico.

 Desde la conquista musulmana inicial de la Tierra Santa en la primera mitad del siglo 7 dC, los judíos sufrieron de una discriminación persistente y de persecuciones periódicas. Sin embargo, ni el pueblo árabe ni los invasores posteriores lograron erradicar a la población judía local ni poner fin a los vínculos entre el pueblo judío y su patria aborigen.

El Dr. Dore Gold, presidente del Centro de Asuntos Públicos de Jerusalén y reconocido experto en estudios y relaciones internacionales del Medio Oriente, cita a un comentarista principal sobre el Corán y uno de los más grandes historiadores del Islam Abu Ja’far Muhammad bin Jarir Al-Tabari 839-923 EC), quien, en su relato de la conquista de Jerusalén por el segundo Califa Umar bin Al-Khattab, le describe dirigiéndose hacia “el área donde los romanos enterraron el templo [bayt al-maqdis] en la época de los hijos de Israel”.

El propio Umar permitió que los judíos regresaran a Jerusalén luego que los romanos y los bizantinos los mantuvieron alejados durante 500 años. Ya en 1950, el Consejo Supremo Musulmán de Jerusalén, una vez bajo control del célebre Muftí Hajj Amin Al-Husseini, publicó una guía que le dio la historia al Monte del Templo, estableciendo que “su identidad con el lugar del Templo de Salomón no tiene discusión alguna”.

En un artículo que critica las tendencias actuales entre las comunidades musulmanas de negar los lazos judíos históricos, culturales y religiosos a la Tierra Santa en general y los lugares sagrados en Jerusalén en particular, el periodista turco Sinem Tezyapar opina:

El rechazo generalizado de los lazos históricos, culturales y religiosos de los judíos con la Tierra Santa es una de las narraciones más comunes pero fáciles a través de la mayoría de los países islámicos. A pesar del hecho que esta negación a los derechos de los judíos en Tierra Santa es disfrazada como causa islámica o incluso de imperativo de piedad, no existe verdad en las afirmaciones de los rechacistas que puedan estar basados en motivos islámicos.

La región donde viven actualmente los judíos es, sin lugar a dudas, su patria, la tierra en la que sus antepasados vivieron y fueron enterrados; por lo tanto, se les debe permitir vivir allí. Lo que tal vez no se conoce bien es que desde un punto de vista islámico, no existe ninguna base que prohíba a los musulmanes reconocer la presencia de los judíos en la región y aceptarlos como estado. De hecho, el propio Corán provee una aclaración sobre este tema central, no sólo refiriéndose a las conexiones de los judíos con la Tierra Santa, sino también a la legitimidad de su presencia hasta el Último Día.

En este contexto, Tezyapar cita pasajes del Corán:

Recuerda que Moisés le dijo a su pueblo: “¡Pueblo mío! Recuerda el favor de Alá, cuando produjo profetas de entre ustedes, les hizo reyes y les dio lo que no le había dado a otros de entre los pueblos. ¡Oh, pueblo mío! Entra en la Tierra Santa que Alá te ha asignado y no te regreses en pena, porque entonces serás derrotado, a tu propia ruina. (Corán, 5:20-21)

Colocamos a los Hijos de Israel en una hermosa morada y les proporcionamos el sustento de los mejores. (Corán, 10:93)

De la misma manera, el analista y escritor de Jerusalén Nadav Shragai, se basó en fuentes tales como la investigación arqueológica del Dr. Gavriel Barkai, Dan Bahat, los escritos de Haim Merchavia y la publicación “Tres Religiones y su Contribución a Jerusalén y a la Tierra de Israel” escribe:

La ciudad de David es el área identificada por los arqueólogos e historiadores como la ubicación de la capital del Rey David hace unos 3000 años. El hijo de David, Salomón, estableció el Primer Templo en la cumbre del Monte Moriah, donde Isaac estaba destinado a ser sacrificado, un lugar conocido hoy como el Monte del Templo.

Las excavaciones arqueológicas en la Ciudad de David tuvieron lugar durante el dominio otomano, así como también bajo el mandato británico que siguió y han continuado también bajo el gobierno israelí, desenterrando descubrimientos de la vida judía junto a artefactos de varios períodos antiguos.

Adyacente a la Ciudad de David existe un área llamado el Jardín del Rey, descrita en los libros de Nehemías y Eclesiastés, así como también en muchas otras fuentes históricas. Estudiosos, visitantes y peregrinos han atribuido la zona al Rey David y a Salomón.

Shragai señala otras pruebas empíricas históricas del asentamiento judío en el área de la tumba de Raquel, situada en las afueras al norte de Belén, a unos 460 metros al sur del límite municipal de Jerusalén. El lugar ha sido identificado por más de 1700 años como la tumba de la matriarca judía Rachel. La copiosa literatura de peregrinos judíos, cristianos y musulmanes identifica y documenta el sitio como el lugar donde fue enterrada Rachel.

 

Alan Hertz documenta la reivindicación del pueblo judío a su patria ancestral que se remonta a la antigüedad, antes de la fecha del nacimiento postclásico de Europa y de la civilización islámica. Este traza un enorme cuerpo de evidencias arqueológicas y otras evidencias históricas que demuestran que el pueblo judío, al igual que los pueblos griegos, armenios o chinos Han, está entre los pueblos más antiguos del mundo.

Documentos del Cairo Geniza revelan mucho acerca de la vida judía en Tierra Santa desde la conquista musulmana a comienzos del siglo 7 a la victoria de los cruzados en el año 1099. Durante el período de los cruzados, Acre fue un centro importante para los judíos, de quienes conocemos a través de una variedad de fuentes, incluyendo las cuentas de los viajeros judíos del siglo 7 Benjamín de Tudela y el Rabino Petaquía de Ratisbon.

Durante el período mameluco (1250-1516), Jerusalén fue el lugar de asentamiento de un delegado al nagid junto a su sede en Egipto que dirigía a todas las comunidades judías del sultanato. Los judíos de la Tierra Santa del siglo XV también aparecen en las cartas del rabino Obadías ben Abraham Bertinoro y los viajes de los peregrinos cristianos tales como Arnold van Harff, Felix Fabri y Martin Kabatnik.

Los registros otomanos del siglo 16 (defter-i mufassal) contienen en su historial los nombres de los contribuyentes judíos. La evidencia también proviene de documentos tales como algunos libros de cuentas del siglo 18 de la comunidad judía de Jerusalén. Con el siglo 19, los libros de viaje y de informes consulares se unen a una avalancha de otras fuentes sobre los judíos locales que también contaron sus propias historias. Aunque el número de judíos creció absolutamente, estos seguían siendo una fracción de la población total.

La condición de ser un pueblo palestino

A pesar de todo lo anterior, los líderes árabes y palestinos parecen recientemente estar tratando de establecer una narración mítica, nueva y manipuladora según la cual el “pueblo palestino” ha existido como un pueblo distinto autóctono al área de la Palestina bíblica/Tierra de Israel/Tierra Santa, durante miles de años. Tanto es así que incluso están antes que el pueblo judío y constituyen los pueblos autóctonos en la región.

Recientemente esta afirmación recibió importancia dentro de los círculos políticos y medios de comunicación internacionales con diversas afirmaciones curiosas por parte del Secretario General de la OLP Saeb Erekat, jefe del equipo de negociación palestino y antiguo participante en las negociaciones con Israel desde la Conferencia de Madrid de 1991. Este afirmó en una conferencia internacional de seguridad en Múnich el 1 de febrero, 2014, que es descendiente directo de las tribus cananeas que vivieron en Israel hace unos 9000 años:

Soy el hijo orgulloso de los cananeos quienes estuvieron allí 5500 años antes que Josué bin Nun incendiara la ciudad de Jericó.

Esto fue inmediatamente negado por varias fuentes autoritarias, citando lo escrito en Facebook por Erekat que describe la procedencia del clan Erekat del noroeste de la región de Huweitat en la Península Arábiga, que se asentó en el área de la Palestina antigua alrededor del año 1860 en la aldea de Abu Dis, lugar de nacimiento de Erekat.

Aún más sorprendente es la declaración de un miembro del Parlamento jordano Shiekh Mousa Abu Sweilam, el 3 de febrero, 2014, según el cual:

Los palestinos son los dueños originales de Palestina, que vivieron en su tierra cuando se trasladaron de la cuenca occidental del Mediterráneo a su este en el año 7000 aC.

Esta es seguramente una declaración curiosa ante el conocido hecho histórico de que la presencia musulmana en la zona comenzó sólo en el siglo 7 dC.

El Dr. Ahmed Tibi, miembro del Knesset de Israel, es citado en el diario Haaretz (19 de enero, 2014), declarando:

… los ciudadanos árabes de Israel son población autóctona.

Estas afirmaciones han sido ampliamente refutadas y criticadas solo como propaganda irresponsable.

Documentación histórica más reciente

La naturaleza autóctona del pueblo judío y su inherente vinculación con el territorio ha sido reconocida por los principales comentaristas y ha servido de base para una serie de importantes documentos históricos internacionales recientes, reconociendo los lazos afirmados y continuos del pueblo judío a su patria aborigen.

En su artículo “Los Derechos Nacionales de los Judíos”, la Prof. Ruth Gavison, profesora (emérita) de derechos humanos en la Facultad de Derecho de la Universidad Hebrea de Jerusalén afirma:

Tiene… justificación para los judíos el haber buscado un renacimiento de la independencia política en su antigua patria – Sión. De esta manera, el sionismo no es una operación colonial o una operación imperialista en el sentido analizado y condenado por la filosofía política moderna. Esto es cierto a pesar de que a comienzos del siglo 20 los judíos no eran una masa crítica en ese país. La presencia de la población árabe en Israel no fue una razón concluyente contra este movimiento porque esa comunidad nunca gozó de independencia política y los judíos tenían libertad total para buscar un resurgimiento político en el único lugar del mundo que fue su patria.

La promesa de los británicos de crear un hogar nacional para el pueblo judío encapsulado en la Declaración Balfour de 1917 y la Resolución de San Remo de 1920 del Consejo Supremo Aliado posterior a la Primera Guerra Mundial que incorporó la Declaración Balfour y el Artículo 22 del Pacto de la Liga de Naciones. Los documentos constituyen las bases sobre las que se edificó el Mandato Británico para Palestina. El compromiso se otorgó no tanto sobre la base de una política regional y de demografía local, sino explícitamente debido a “la conexión histórica del pueblo judío con Palestina”.

La conexión es reconocida en varias declaraciones importantes y significativas, incluyendo:

El tercer párrafo del preámbulo del Mandato de Palestina:

Considerando que se ha reconocido, por lo tanto, la conexión histórica del pueblo judío con Palestina y los motivos para reconstituir su hogar nacional en ese país;

Declaración de Sir Winston Churchill fechada el 28 de marzo, 1921:

Es manifiestamente cierto que los judíos, quienes están dispersos por todo el mundo, deberían tener un centro nacional y un Hogar Nacional donde algunos de ellos puedan ser reunidos. ¿Y dónde más pudiera estar ese lugar, sino en la tierra de Palestina, con la que durante más de 3000 años han estado asociados íntima y profundamente? Pensamos que sería bueno para el mundo, bueno para los judíos y bueno para el Imperio Británico. Pero también pensamos que será bueno para los árabes que moran en Palestina… 

El Libro Blanco del Gobierno Británico de 1922, escrito por Churchill:

… es esencial que [la comunidad judía en Palestina] sepa que se encuentra en Palestina por derecho y no por sufrimiento. Esta es la razón por la cual es necesario que la existencia de un Hogar Nacional Judío en Palestina esté garantizado internacionalmente y que se reconozca formalmente que descansa sobre su antigua conexión histórica”.

De manera similar y más recientemente, el ex-presidente estadounidense Barack Obama reconoció en su discurso ante la Asamblea General de la ONU el 21 de septiembre, 2011 que:

El pueblo judío ha forjado un estado exitoso en su patria histórica.

Reconocimiento internacional de los pueblos y derechos autóctonos 

Sólo en los últimos años la comunidad internacional ha dirigido su atención al hecho de que los derechos de los pueblos autóctonos, ya sea a sus territorios históricos como a sus tierras tradicionales, recursos naturales en esos territorios y tierras, así como también su propia cultura e idiomas, deben ser acentuados, reconocidos y protegidos a nivel nacional e internacional.

En los últimos años ha habido un incremento en la conciencia internacional de los derechos de los pueblos autóctonos como un componente básico del derecho y la práctica internacional.

El tema ha sido recientemente objeto de introspección nacional e internacional con la intención de buscar formas de resolver los problemas y las relaciones actuales entre los pueblos autóctonos y los gobiernos interesados, por una parte y los pueblos autóctonos y la comunidad internacional, por la otra.

Estos derechos han sido recientemente cristalizados y codificados en la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Autóctonos”. Esta declaración reconoce los derechos históricos de los pueblos autóctonos a sus tierras, territorios y recursos y garantiza su continuo derecho a mantener y proteger estas tierras, con derecho a indemnizaciones, restituciones o reparaciones por tierras confiscadas.

Como anexo a una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, esta declaración, aprobada por una mayoría de 144 estados (Israel no participó en la votación), no es un documento legal vinculante, pero ampliamente se le considera que representa el consenso dentro de la comunidad internacional.

Si bien la mayoría de los estados han reconocido o aceptado esta declaración, Israel estuvo ausente durante la sesión de la Asamblea General del 2007 en la que fue adoptada (que tuvo lugar en un festival judío).

Israel aún no ha declarado su aceptación a la declaración.

Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos autóctonos

Las Naciones Unidas determinan entre otros principios, lo siguiente:

Artículo 10 

Los pueblos autóctonos no serán expulsados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se efectuará ninguna reubicación sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos autóctonos interesados y luego de un acuerdo sobre una compensación justa y equitativa y, cuando sea posible, con la opción de retorno. 

Artículo 26 

  1. Los pueblos autóctonos tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido de otra manera. 
  1. Los pueblos autóctonos tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que posean por razón de propiedad tradicional u otra ocupación o uso tradicional, así como también los que de otra manera hayan adquirido. 
  1. Los estados otorgarán reconocimiento y protección legal a estas tierras, territorios y recursos.

Dicho reconocimiento se realizará con el debido respeto a las costumbres, tradiciones y sistemas de tenencia de tierras de los pueblos autóctonos interesados.

Definición de pueblos autóctonos

En cuanto a la definición de pueblos autóctonos, la comunidad internacional se ha abstenido de adoptar una definición definitiva del concepto de “pueblos autóctonos”. La opinión predominante y más aceptada ha sido que no es necesaria una definición universal formal del término, dado que una sola definición sería inevitablemente excesiva o insuficientemente inclusiva, dándole importancia a algunas sociedades, pero no a otras.

Sin embargo, para fines prácticos, un entendimiento comúnmente aceptado del término fue propuesto por el Prof. José R. Martínez Cobo, Reportero Especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminación y Protección de las Minorías, en su estudio sobre el Problema de la Discriminación contra Poblaciones Autóctonas:

Las comunidades indígenas, pueblos y naciones son aquellas que, teniendo una continuidad histórica con las sociedades pre-invasión y pre-coloniales que se desarrollaron en sus territorios, se les consideran distintas de otros sectores de las sociedades que prevalecen en esos territorios o en partes de ellos. Forman en la actualidad sectores no dominantes de la sociedad y están decididos a preservar, desarrollar y transmitir a las generaciones futuras sus territorios ancestrales y su identidad étnica, como base de su continuación como pueblos, de acuerdo con sus propios patrones culturales, instituciones sociales y sistema legal.

Esta continuidad histórica puede consistir en la continuación, durante un período prolongado, de alcanzar en el presente uno o más de los siguientes factores: 

  • Ocupación de tierras ancestrales, o al menos de parte de estas; 
  • Ancestros comunes con los ocupantes de origen de estas tierras; 
  • Cultura en general, o en manifestaciones específicas (tales como religión, vivir bajo un sistema tribal, pertenecer a una comunidad indígena, vestimenta, medios de vida, estilo de vida, etc.); 
  • Idioma (así fuese utilizado como único idioma, como lengua materna, como medio habitual de comunicación en el hogar o en la familia, o como idioma principal, preferido, habitual, general o normal); 
  • Residencia en ciertas partes del país, o en ciertas regiones del mundo;
  • Otros factores relevantes.

De manera individual, una persona autóctona es alguien que pertenece a estas poblaciones autóctonas a través de la auto-identificación como autóctono (conciencia de grupo) y es reconocido y aceptado por estas poblaciones como uno de sus miembros (aceptación por parte del grupo). Esto preserva a estas comunidades el derecho soberano y el poder de decidir quién les pertenece, sin ninguna interferencia externa.

En cuanto al tema de la auto-definición de los pueblos autóctonos, el Artículo 33 de la Declaración de la ONU confiere a las personas autóctonas la prerrogativa de determinar su identidad únicamente de acuerdo a sus costumbres y tradiciones, incluyendo la prerrogativa de asumir la ciudadanía de los estados en los cuales residen:

  1. Los pueblos autóctonos tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia de conformidad a sus costumbres y tradiciones. Esto no perjudica el derecho que poseen individuos autóctonos de obtener la ciudadanía de los Estados en los que estos habitan. 
  1. Los pueblos autóctonos tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de acuerdo a sus propios procedimientos. 

La definición es lo suficientemente amplia como para cubrir la presencia judía autóctona en la región, que ha definido las tierras ancestrales, la identidad étnica y la continuidad histórica junto a la continua existencia como pueblo hasta el día de hoy.

En cuanto al tema de la protección y restauración de los derechos autóctonos, la declaración afirma:

Artículo 28 

  1. Los pueblos autóctonos tienen derecho a reparaciones a través de medios que pueden incluir restitución o, cuando esto no sea posible, una compensación justa, honesta y equitativa por las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado de otra manera y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su libre consentimiento, previo e informado. 
  1. A menos que los pueblos interesados acuerden libremente de otra manera, la compensación tomará la forma de tierras, territorios y recursos iguales en calidad, tamaño y estado legal o de compensación monetaria u otra reparación apropiada. 

Lógicamente y de acuerdo a su texto, la Declaración de la ONU, tal como está redactada, parece atender principalmente a los pueblos autóctonos que hoy viven como una minoría perseguida o en desventaja, tratando de restaurar y/o mantener sus derechos históricos dentro del marco establecido para una entidad estatal nacional.

Sin embargo, esto no perjudicara el reclamo de un pueblo autóctono que no sea necesariamente una minoría perseguida o que se encuentre en desventaja.

Mientras que parte del pueblo judío existe dentro de su propio Estado nacional y soberano de Israel, con sus propias tierras, recursos y cultura, otros residen fuera del Estado de Israel en una gran diáspora judía y en las áreas de Cisjordania de Judea y Samaria, territorio disputado y sujeto a negociaciones como parte del proceso de paz en el Medio Oriente.

Ante todo lo anterior y en caso de que el Estado de Israel declarara su reconocimiento y aceptación formal a la declaración, Israel pudiese enfatizar que considera que la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Autóctonos representa un claro reconocimiento del carácter autóctono del pueblo judío en su totalidad y el debido reconocimiento a sus derechos históricos en todas las esferas que se enuncian en la Declaración.

Del mismo modo, con el fin de abordar algunos aspectos esenciales relacionados al carácter del pueblo judío como pueblo autóctono que parecen estar ausentes en la declaración de la ONU y con el fin de evitar malentendidos, Israel pudiera declarar que la referencia del preámbulo a los pueblos que han sufrido “injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, a su colonización y despojo de sus tierras, territorios y recursos” es directamente relevante al pueblo judío. Las injusticias históricas sufridas por el pueblo judío a lo largo de su larga historia incluyen el exilio, destierros, dispersión, inquisición, conversión forzada, holocausto y diáspora forzada.

Similarmente, se consideraría plenamente aplicable el reconocimiento que contenga la necesidad de respetar y promover los derechos inherentes de los pueblos autóctonos que derivan de sus culturas, tradiciones espirituales, historias y filosofías, especialmente en relación a sus tierras, territorios y recursos, sería considerado plenamente aplicable al pueblo judío.

Particularmente importante es la referencia tanto en el preámbulo como en el Artículo 37 que fija los derechos básicos inherentes de los pueblos autóctonos que emanan de los “tratados, acuerdos y otros acuerdos constructivos concertados con Estados o sus sucesores” y pidiendo a los Estados que respeten tales tratados y arreglos.

Israel considera que esta disposición es específicamente aplicable a los documentos internacionales que reconocen y establecen los derechos históricos del pueblo judío a su hogar nacional. Entre ellas figuran la Declaración Balfour de 1917, la Declaración de San Remo de 1920 y el Instrumento al Mandato de la Sociedad de Naciones de 1922 para Palestina, cuya vigencia es reafirmada en el Artículo 80 de la Carta de las Naciones Unidas, que dice: “… Nada en este Capítulo deberá ser interpretado por sí mismo para alterar de alguna manera los derechos de cualquier estado o de cualquier pueblo…”

La referencia en los artículos 8 y 10 a las acciones destinadas a perjudicar a los pueblos autóctonos y violar socavando sus derechos son particularmente relevantes para los sufrimientos del pueblo judío a lo largo de la historia y no son menos relevantes hoy día respecto a la incitación al odio racial, discriminación y antisemitismo, especialmente en las plazas internacionales, incluyendo dentro del sistema de las Naciones Unidas y en las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

La relación espiritual característicamente distinta de los pueblos autóctonos con sus tierras tradicionalmente de su propiedad, ocupadas, o de otra manera utilizadas o adquiridas (Artículo 25) representa la conexión judía histórica y religiosa con la Tierra Santa.

Israel obviamente necesitaría subrayar la importancia que le atribuye al requisito del Artículo 42 de la Declaración, según el cual las Naciones Unidas y sus organismos, incluyendo el Foro Permanente para los Temas Autóctonos, Agencias Especializadas y Estados, promueven y respetan la plena aplicación de la Declaración y continúan tras su eficacia.

Israel considerara esta disposición particularmente aplicable a las numerosas resoluciones políticas anuales adoptadas por una automática mayoría en la Asamblea General de la ONU y otros órganos de la ONU que injustamente señalan a Israel y niegan los derechos que posee el Pueblo Judío respecto a sus áreas autóctonas.

Conclusión

El propósito de este escrito es triple:

  • Se pretende refutar y desacreditar el intento infundado y transparente de los países musulmanes y árabes, apoyados por sus líderes palestinos y apoyados por elementos dentro de la comunidad internacional, de negar el patrimonio histórico, legal y religioso judío en su patria tradicional y a sus lugares sagrados.
  • Establece la naturaleza histórica y legal del pueblo judío como uno de los pueblos autóctonos más antiguos que todavía existe y prospera.
  • Se pretende reconocer la naturaleza autóctona del pueblo judío y vincular este reconocimiento a su derecho dentro la comunidad internacional de hoy día a un pleno reconocimiento como pueblo autóctono y los derechos que lo acompañan reconocidos por la comunidad internacional para todos los pueblos autóctonos.

 

El Embajador Alan Baker es Director del Instituto de Asuntos Contemporáneos del Centro Jerusalén y director del Foro de Derecho Mundial. Participó en la negociación y redacción de los Acuerdos de Oslo con los palestinos, así como también en acuerdos y tratados de paz con Egipto, Jordania y el Líbano. Se desempeñó como asesor jurídico y subdirector general de la cancillería de Israel y como embajador de Israel en Canadá.

 

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